Recientemente, la Suprema Corte de Justicia emitió una sentencia a favor de un empleado de la empresa Teleoperadora del Nordeste de San Francisco de Macorís, que demandó a la empresa por despedirlo por mandar un “meme”, pero ¡cuidado! no todos los chistes se hacen en el trabajo, aquí te mostramos las razones por las que sí te pueden despedir.
• Por engañar al empleador pretendiendo tener condiciones o conocimientos indispensables que no posee, o presentar referencias o certificados falsos a la empresa.
• Por actos inmorales y falta de honradez en el espacio laboral, actos o intentos de violencias, injurias o irrespeto contra el empleador o compañeros de trabajo y sus parientes.
• Por ocasionar, intencionalmente, por negligencia o imprudencia, perjuicios materiales a la empresa.
• Por cometer actos deshonestos en el lugar de trabajo.
• Por revelar secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado en perjuicio de la empresa.
• Por inasistencia a sus labores durante dos días consecutivos o dos días en un mismo mes sin permiso.
• Por ausencia, sin notificación de la causa justificada, cuando se tiene alguna labor cuya inactividad o paralización implique una perturbación para la empresa.
• Por salir en horas de trabajo sin permiso del empleador.
• Por desobedecer un mandato, siempre que se trate del servicio contratado.
• Por negarse a adoptar medidas preventivas o procedimientos para evitar accidentes o enfermedades.
• Por llegar o estar borracho/a en el trabajo.
• Por portar armas de cualquier clase, salvo que las excepciones que establece la Ley para ciertos trabajadores.
• Por extraer útiles o herramientas del trabajo son permiso del empleador.
• Por hacer en el trabajo cualquier tipo de propaganda religiosa o política.
• Por ser reincidente luego de ser amonestado por hacer colectas y darle un uso distinto a útiles y herramientas de trabajo.
• Por estar condenado a una pena privativa de libertad por sentencia irrevocable.
• Por falta de dedicación a sus labores o falta grave a las obligaciones establecidas en el contrato.
PRESENTAR PRUEBAS
Pero, para un empleador/a hacer un despido por las causas expuestas debe presentar las pruebas de que el trabajador ha cometido cualquiera de estas faltas, sino incurre en un despido injustificado y el tribunal le obligará a pagar al trabajador los valores estipulados en la ley de trabajo.
Si usted siente que ha sido víctima de un despido injustificado siga los siguientes pasos:
¿QUÉ HACER SI LO DESPIDEN SIN JUSTIFICACIÓN?
• No salga de la empresa sin que el empleador/a le entregue una carta de despido donde establezca las causas, y en caso de no entregarle este documento, levante de inmediato un acta por despido injustificado en el Ministerio de Trabajo.
• No acepte dinero ni firme ningún documento en el que usted prescinda de sus derechos como empleado.
• Dirigirse a la oficina del Ministerio de Trabajo más cercana a su localidad.
• Buscar asesoría legal confiable que le oriente y le asista.
• Tenga claro cuáles son sus derechos en esta situación.
¿QUÉ PUEDE GANAR SI DEMUESTRA QUE HA SIDO DESPEDIDO/A SIN JUSTIFICACIÓN?
Si su empleador/a no prueba la justa causa del despido deberá recompensar al trabajador/a de acuerdo a lo siguiente:
Si el contrato es por tiempo indefinido, deberá pagar las sumas que correspondan al plazo de: Preaviso, auxilio de cesantía y salarios dejados de pagar hasta que se considere terminado de pleno derecho el contrato.
Si el contrato es por cierto tiempo o para una obra o servicio determinados, la mayor suma entre el total de salarios que faltare hasta el vencimiento del término o hasta la conclusión del servicio o la obra convenidos y la suma que habría recibido en caso de desahucio, a menos que las partes hayan fijado por escrito una suma mayor.
De acuerdo con la ley laboral, en un despido injustificado el trabajador puede, además, demandar al empleador/a por daños y perjuicios.
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